Sala rechazó petición del Ejecutivo para extender Emergencia Nacional por 15 días más

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Conan Castro

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) notificó al secretario jurídico de la Presidencia, Conan Castro, que su solicitud de extender por vía judicial 15 días más el plazo del decreto 593 que declara Emergencia Nacional es improcedente.

La Sala volvió a la vida el decreto 593 la semana anterior, luego que hubiese expirado el pasado 16 de mayo, debido a que no se vislumbraba algún acuerdo entre el Ejecutivo y el Legislativo.

La Sala le dio solo una semana de vigencia y esta termina el viernes a la medianoche.

La Sala anuló también los decretos ejecutivos que ordenaban la Emergencia Nacional, ya que esa es facultad solo del Legislativo, además ordenó al Ejecutivo cesar la emisión de decretos referentes al asunto.

Así mismo, la Sala ordenó a los poderes Legislativo y Ejecutivo acordar un acuerdo para regular la emergencia y definir las reglas de confinamiento, las cuales deben cumplir los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Debido a que las reunión permanente entre Ejecutivo y Legislativo se había prolongado por varias jornadas, el secretario jurídico de la presidencia de la República solicitó una prórroga para mantener el 593 por 15 días más, pero esta fue denegada por los magistrados constitucionales.

En su respuesta, la Sala indica que “en dicha decisión (revivir el decreto 593), este tribunal ejerció un poder excepcional con el único objetivo de abrir un espacio de diálogo entre el Órgano Ejecutivo y la Asamblea Legislativa, para la construcción cooperativa de una regulación constitucionalmente adecuada, a fin de atender integralmente la crisis sanitaria derivada de la pandemia del COVID-19, con independencia de sus fases de desarrollo”.

La sentencia aclara que los magistrados solo buscaban habilitar ese decreto de emergencia por un tiempo limitado para dar la oportunidad de un resultado consensuado.

La Sala indica en el escrito que la formación de ley debe hacerse por el canal que manda la Constitución, es decir por la vía legislativa y no por el Ejecutivo.

Si los diputados no logran aprobar este nuevo decreto antes de la medianoche, El Salvador amanecerá el sábado sin Emergencia y el decreto 26, que regula y restringe la movilidad en el territorio, quedaría legalmente huérfano, por lo que no existirá asidero legal para aplicar cualquier prohibición en los derechos de la ciudadanía.

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