Tomado de Prensa Libre.-
Después de dos días de que la Corte de Constitucionalidad (CC) aclarara que el comisionado Iván Velásquez puede ingresar al país, fue hasta la noche de este viernes que se notificó a las partes, con lo cual cobra vigencia la decisión
El atraso para notificar la resolución y que cobrara vigencia la decisión de la Corte, se debió a los votos razonados de los magistrados Dina Ochoa y Neftaly Aldana. Ambos fueron votos disidentes y demoraron 48 horas para redactar sus razonamientos.
Hasta ahora el Ejecutivo no permitía el ingreso del colombiano porque la resolución de la Corte del pasado domingo no especifica a quién se refiere.
Ante la demora de la CC para notificar, el abogado Alfonso Carrillo Marroquín presentó un escrito, por considerar que había una obstaculización de la justicia al no emitir las notificaciones oficiales.
El profesional argumentó, la mañana de este viernes, que de acuerdo con los artículos 5, 77 y 181 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, que toda notificación deberá hacerse a más tardar al día siguiente de la fecha de la respectiva resolución.
“La demora injustificada en la tramitación del amparo causa responsabilidad personal y el causante de dicha demora podría incurrir en obstaculización a la justicia en el caso concreto. De existir votos disidentes, ello no justifica ninguna demora en la tramitación del presente amparo, pues los mismos se deberán razonar en el propio acto y hacerlo constar el libro que para el efecto se lleve, pero de ninguna manera demorar la notificación de la resolución respectiva”, señala una nota de prensa.
La magistrada Dina Ochoa fue la última en entregar su razonamiento, con lo que se completó el expediente y se comenzó a notificar a las partes involucradas. Hasta ahora se ignora cuál es el argumento de la magistrada y presidenta de la CC, porque el voto razonado no se ha hecho público.
El otro voto razonado es el del magistrado Neftaly Aldana. El documento donde explica por qué votó en contra de la ampliación ya fue entregado a la Corte y adjuntado al expediente, que aguarda el razonamiento de Ochoa.
Emite comunicado
El gobierno de Guatemala emitió un breve comunicado unas horas más tarde en el que confirma que recibió las notificaciones respectivas y dijo que “hará uso de las facultades y recursos que la ley otorga para defender la Constitución”.
Con una cita del doctor en Ciencias Jurídicas en derecho internacional por la Facultad de Derecho de Harvard, Thomas Buergenthal, la presidenta de la Corte de Constitucionalidad, Dina Ochoa empezó su voto razonado con el que manifestó que no estaba de acuerdo que se ampliara la resolución presentada por el abogado Alfonso Carrillo Marroquín.
“El hecho de que esta corte haya establecido los efectos del amparo provisional ordenando a las autoridades reprochadas efectuar determinadas acciones y vinculado a los terceros con interés en el asunto, a la luz de las circunstancias propias del caso, no conllevaba la necesidad de ampliar el fallo en cuestión, por el mero hecho de no conceder la totalidad de requerimientos que en estos puntos formuló el actor”, refirió la magistrada.
Ochoa agrega que la intención de la que se le dotó al fallo era la de que el Estado de Guatemala, en cumplimiento a lo preceptuado en el acuerdo entre la ONU y el Gobierno de Guatemala relativo al establecimiento de la Cicig se agotará la vía diplomática, regulada en el artículo 12 del acuerdo citado, a efecto de “dilucidar” cualquier conflicto en relación al ingreso del comisionado o comisionada, ello en cumplimiento de los principios de “buena fe” que deben imperar en el derecho internacional.
“de esa cuenta, la aclaración de oficio realizada por este tribunal carece de razonabilidad, toda vez, el auto en cuestión no adolece de los vicios de oscuridad, ambigüedad o contrariedad, los que se encuentran regulados en el artículo 70 de la ley de la materia”, refiere Ochoa.
El magistrado Neftaly Aldana señala que disiente de la declaración por la que se declaró con lugar la solicitud de ampliación, la cual fue requerida por el abogado Alfonso Carrillo, al considerar que no se dejó de resolver ningún punto de lo solicitado por el abogado en la resolución hecha pública el domingo.
Además argumenta: “Al dictar el auto por el que se otorgó amparo provisional, como Tribunal Constitucional y por unanimidad, se determinó que debido a las circunstancias del caso bajo análisis y con el único fin de ser garante de la interpretación y aplicación del Derecho Constitucional, era correcto despojar de nombres la resolución, dado que el carácter de comisionado o comisionada internacional contra la Impunidad en Guatemala no es perenne ni está nominado en el acuerdo por medio del cual se creó la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala”.
Añadió: “Partiendo que se establecía la facultad del presidente de la República de poder resolver las controversias surgidas conforme a sus atribuciones así como que se permitiera el ingreso al o la comisionada como ya referí. Aunado a que no se omitió resolver alguno de los puntos puestos a su conocimiento de esta corte, por lo que no requería ser aplicado”, concluye el magistrado.
El presidente Jimmy Morales viajará el domingo a Nueva York, Estados Unidos, donde el martes dará un discurso que se centrará en transparencia y democracia.
Brito informó que hasta este viernes solo se tiene confirmado que la canciller, Sandra Jovel, viajará con el mandatario. El resto de la delegación será informado posteriormente.
En el texto del comunicado oficial , el Gobierno instó al secretario general de la ONU, António Guterres, a alcanzar una solución común por medio del diálogo.