miércoles, marzo 4, 2026
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Bukele rechaza aborto, matrimonio del mismo sexo y eutanasia en reformas constitucionales

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He decidido, para que no quede ninguna duda, no proponer ningún tipo de reforma a ningún artículo que tenga que ver con el derecho a la vida  (desde el momento de la concepción), con el matrimonio (manteniendo únicamente el diseño original, un hombre y una mujer) o con la eutanasia” aseguró el presidente de la Republica Nayib Bukele.

El mandatario responsabilizó a la “oposición” de haber esparcido rumores y de haber realizado “una campaña sucia” sobre las intenciones del gobierno “de aprobar el aborto, el matrimonio entre personas del mismo sexo y la eutanasia”.

“Nada más alejado de la realidad. Ustedes me conocen desde hace muchos años y saben que no propondría ninguna de esas cosas, por más presiones internacionales que tenga”, escribió Bukele en su cuenta de Facebook la madrugada del viernes.

El vice presidente Félix Ulloa entregó a Bukele el pasado miércoles el proyecto de reformas constitucionales para que este las analizara antes de enviarlas a la asamblea legislativa

El domingo, los obispos católicos divulgaron un comunicado en el que incluía su preocupación por diversos temas nacionales incluyendo la depuración de jueces, la reelección presidencial, la corrupción y temas como el aborto y la eutanasia. El miércoles, una manifestación en la que marcharon miles de personas reclamó a Bukele por el tema del aborto, el matrimonio entre personas del mismo sexo y la eutanasia, También protestaron por la obligatoriedad de usa el bitcoin como moneda de curso legal. La marcha también respaldó a los jueces y magistrado que se oponen a la más reciente reforma a la ley de la carrera judicial que deja cesantes a un tercio de funcionarios judiciales por ser mayores de 60 años o por haber llegado a 30 de servicio.

No se puede aceptar una reforma constitucional que ponga las condiciones para la legalización del aborto (…) Tampoco la reforma constitucional que con un lenguaje equívoco, llamándole ‘muerte digna’, legalice la eutanasia. Nunca será legal el asesinato”. dijo la iglesia católica en un comunicado de la Conferencia Episcopal.

El mandatario subrayó que “la campaña es fuerte e incluso alguna gente buena, que tal vez se preocupa de verdad, cayó presa de los engaños y ha dicho que si bien la propuesta no incluye y ni siquiera menciona esos temas, si pudiera prestarse a interpretaciones en un futuro y abrir la puerta para su adopción”.

Sin embargo, el mandatario calificó el proyecto de reformas constitucionales como una deuda histórica ” para cambiar la Constitución de D’Aubuisson y sentar las bases necesarias para construir el país que nuestra gente merece”.

El mandatario agregó que “aunque yo no participé en la creación de este proyecto de reforma constitucional, ahora que ya está en mis manos, me toca revisarlo, consultarlo y modificarlo, antes de enviarlo a los diputados para su estudio”.

Bukele aseguró que la constitución garantizará “el derecho al agua, al aire limpio, a la educación de calidad, a la salud (por muy caro que sea el tratamiento), a la vivienda, al acceso a Internet (¿por qué no?), a la inclusión financiera, a créditos sin usura, a la seguridad, a la alimentación, a un salario justo y a una pensión digna”.

El presidente no hizo referencia alguna a si en la inmediatez de sus planes contempla revertir medidas como la destitución de los magistrados de Sala de lo Constitucional y del fiscal Raul Melara.

Nuevamente ordenan arresto domiciliar para Ernesto Muyshondt

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El Juzgado Séptimo de Paz de San Salvador ordenó que el nuevo juicio penal contra Ernesto Muyshondt pase a la etapa de instrucción pero el ex alcalde Muyshondt enfrentará el proceso con arresto domiciliar.

Además, al extesorero de la comuna, Fernando Portillo Linares también le fue decretado arresto domiciliar y a Santos Omar Muñoz, exdirector financiero de la alcaldía de San Salvador, le fueron dictadas medidas alternas a la detención. Ambos acusados por presunta retención y apropiación de cuotas laborales.

El fiscal asignado al caso detalló a los medios de comunicación que la jueza valoró que no existe un riesgo de fuga de los imputados.

Añadió que la fiscalía apelará la decisión de otorgar la casa por cárcel a los exfuncionarios, debido a que si puede no haber un riesgo de fuga si puede existir un riesgo de “obstaculizar la investigación”

Nombramiento de magistrado Nahun Martínez es ilegal

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Martínez tiene a la fecha denuncias penales interpuestas ante la FGR por Enrique Rais

En el momento en el que se cuestiona por distintos sectores la situación actual de la Sala de lo Constitucional, se han conocido aspectos esenciales por los cuales el abogado Héctor Nahun Martínez carece de la competencia y moralidad notorias como requisitos para ejercer el cargo de Magistrado de la Sala de lo Constitucional, como requisitos contemplados por la Constitución de la República. 

Una fuente de la Corte Suprema de Justicia, vinculada a la Secretaría de la Sala de lo Constitucional  que solicitó la reserva de su nombre por temor a represalias confirma que el licenciado Nahun Martínez no cumplía con los requisitos de competencia y moralidad notorias al menos por dos hechos principales: el primero, basado en que al momento de ser considerado para el cargo, tenía denuncias penales activas ante la Fiscalía General de la República, las cuales habían sido promovidas por el empresario Suizo-Salvadoreño Enrique Rais, en virtud de su participación en el ejercicio de acusaciones penales en contra del Sr. Rais, basadas en prueba prohibida, como ocurrió al momento de coaccionar a otras agentes fiscales para que modificaran sus declaraciones y acusaran al empresario de haber sido favorecido por el Exfiscal General Luis Martínez, lo que era totalmente falso. 

De acuerdo a la fuente consultada, el exfiscal auxiliar Nahun Martínez no calificaba para ser ni siquiera considerado como Magistrado de la Sala de lo Constitucional, por no cumplir con los requisitos establecidos en el art. 176 de la Constitución, que principalmente requiere que se cumpla con las condiciones de competencia y moralidad notoria. ¿Qué competencia puede tener una persona que durante la administración en la Fiscalía General de la República se ocupó de coadyuvar al Exfiscal Douglas Meléndez a promover una persecución penal selectiva por mandato de Fito Salume, por medio de actuaciones arbitrarias como la coacción y tortura de testigos y la utilización de pruebas ilícitas? Y respecto a la moralidad notoria, cómo es posible que haya sido seleccionado si se encontraba sometido a investigaciones penales en virtud de sendas denuncias interpuestas por los abogados del empresario Enrique Rais, por el abuso de poder. 

Juez de Paz certifica las conductas cuestionables del exfiscal auxiliar Nahun Martínez.

A fecha 07 de enero de 2020, el Juzgado 12º de Paz de San Salvador, decretó sobreseimiento definitivo a favor de varios de los fiscales que habían incorporado ilegalmente y por orden del Exjefe de la Unidad de Investigación Financiera, Jorge Orlando Cortez, prueba ilegal consistente en confesiones extrajudiciales de fiscales auxiliares que presentaban la calidad de testigos criteriados, las que habían sido emitidas contraviniendo el art. 12 de la Constitución de la República, es decir sin la plena voluntad de los otorgantes lo cual las invalidadaba de forma absoluta, no obstante fueron adoptadas como prueba para imponer imputaciones y la orden de detención en contra del Sr. Enrique Rais. A pesar que la FGR bajo la titularidad de Raúl Ernesto Melara protegió a los fiscales que habían fabricado prueba ilegal por medio de la coacción y tortura de testigos, solicitando el Sobreseimiento Definitivo a su favor, el Juez 12º de Paz de San Salvador, en su resolución ordenó la investigación de ciertos fiscales que no habían sido involucrados en la investigación, al manifestar:

Certifíquese el presente proceso a la Fiscalía para que inicie investigación contra los  señores NEFTALÍ ROBERTO ABREGO ROSALES y HÉCTOR NAHUN MARTÍNEZ GARCÍA por existir la probabilidad del cometimiento de un hecho delictivo(…)” 

A pesar de esta circunstancia y del hecho que Enrique Rais denunció al exfiscal auxiliar y ahora Magistrado de la Sala de lo Constitucional por su participación en la fabricación ilegal del caso corrputela en el expediente fiscal 743-DEUP-2019 SS, éste fue protegido por el Exfiscal General Raúl Melara y por tal motivo se ha mantenido en la impunidad.

Naciones Unidas certifica los abusos cometidos contra Enrique Rais.

A finales de febrero de 2021, se conoció públicamente la decisión pronunciada por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas, por medio de la Opinión No. 76-2020 relativa al Sr. Enrique Rais Vs. El Salvador, en la que se precisaba además de la exitencia de una detención arbitraria del empresario Suizo-Salvadoreño, la obligación del Gobierno de El Salvador, de realizar una investigación exhaustiva e indepediente sobre las causas que provocaron que el Sr. Rais fuere víctima de abuso de poder. Esto implicaba especialmente que se investigara las denuncias promovidas en contra de los exfiscales auxiliar Nahun Martínez, principal ejecutor de las acciones solicitadas por el Exfiscal General, Douglas Meléndez, para perseguir ilegalmente y por acciones de terceros interesados en obtener injustamente el negocio de la gestión de desechos sólidos que realiza MIDES, la empresa de Enrique Rais; y del exfiscal auxiliar David Ramírez, quien solicitó ilegalmente la orden de difusión roja en contra del Sr. Rais, por cierto con quien el nuevo Magistrado de la Sala de lo Constitucional, Nahun Martínez constituyó el despacho legal “RATIO LEGIS”.

Por tal motivo la fuente consultada manifiesta que el Magistrado Nahun Martínez se ha opuesto a cumplir con la orden impuesta de Naciones Unidas por dos razones, la primera, porque ello implicaría aceptar que durante su tiempo como fiscal, tanto él, como su compañera sentimental dentro de la FGR, Carmen Marroquín Vega y su socio David Ramírez, adulteraron prueba para acusar al empreario Suizo Salvadoreño por órdenes del Exfiscal general, Douglas Meléndez y el Exjefe de la Unidad Antilavado Jorge Cortez; y la segunda, es porque aceptar el valor jurídico que tienen las resoluciones de Naciones Unidas, implica que los actuales Jueces y Magistrados que se están viendo afectados por una reforma que es inconstitucional e inconvencional sean protegidos por decisiones como las que puede adoptar Naciones Unidas a través del Relator Especial sobre la independencia de Magistrados y Abogados.

Comunicado

Cámara suspende provisionalmente proceso contra Norman Quijano

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(Portada Foto Archivo de EDH) La Cámara Primero de lo Penal de la Primera Sección Centro suspendió temporalmente el proceso penal contra Norman Quijano, exlegislador de ARENA y actual diputado electo por el Parlamento Centroamericano (Parlacen), quien está acusado de fraude electoral y agrupaciones ilícitas.

Quijano fue acusado por la Fiscalía de negociar con pandillas con fines electorales, cuando él fue candidato presidencial en 2014. En mayo pasado, el juzgado ordenó que su caso pasara a instrucción formal porque no se presentó a la audiencia.

El Juzgado Quinto de Instrucción de San Salvador solicitó con fecha 25 de mayo a la Interpol El Salvador que emitiera la difusión roja para capturar a Quijano, acusado de fraude electoral y agrupaciones ilícitas. La jueza argumentó entonces resolución afirmando que Quijano había “afectado un bien jurídico difuso que pertenece a la colectividad y que los hechos se dieron en el marco de una elección presidencial democrática”.

La defensa de Quijano apeló ante la Cámara de lo Penal asegurando que la acción penal contra su defendido había sido ejercida ilegalmente debido a que Quijano gozaba de inmunidad por haber resultado electo como diputado del Parlacen.

La resolución de la Cámara resuelve que el proceso contra Quijano queda suspendido hasta que resuelva la Corte Centroamericana.

“Tal suspensión también rige para la fase de instrucción hasta que no se tenga el pronunciamiento del Tribunal Centroamericano sobre la consulta prejudicial”, detalla la resolución de la Cámara.

Quijano ha negado haberse reunido con pandilleros, ha dicho que fue una reunión con comunidades y que tampoco ha hecho ofrecimientos de dinero a cambio de apoyo electoral

Demanda de las pandillas podrían incluir la no extradición del “Blue”

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Con la resolución del pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) el martes pasado, en la que se niega la extradición de Edwin Mauricio Rodríguez, conocido como “El Manicomio”, solicitada por los Estados Unidos, se presume que lo mismo ocurrirá con el caso del “Blue” que ha tensado las relaciones entre El Salvador y los Estados Unidos. Dicha resolución podría estar vinculada a una de las demandas no escritas que según El Faro presentaron las pandillas al gobierno-

La noticia de que “El manicomio” no será extraditado fu dada a conocer por un periódico digital, que no es ni diariolatino,net ni El Faro.net, poco antes de que el presidente de la CSJ, Oscar López Jerez admitiera que en efecto, se había logrado una resolución del máximo tribunal de justicia. Sin embargo López Jerez no dijo en qué sentido había sido dicha resolución.

“El manicomio” se encuentra detenido en el centro penal de Zacatecoluca donde purga una pena por diversos delitos. Se trata de un pandillero de la Mara Salvatrucha que Estados Unidos reclama por cometer homicidio en aquella nación.

Extra oficialmente se supo que la negativa del pleno de la CSJ obedeció a que ” los Estados Unidos no ofrecieron las medidas necesarias, entre ellas la de que la nación norteamericana no es suscriptora de la Convención de los derechos del niño y de que la constitución de El Salvador prohíbe extraditar a un connacional al que se pueda condenar a la pena de muerte.

“Se tomó ese acuerdo porque básicamente el peticionario (EUA) no ha suscrito la Convención de los Derechos del Niño y cuando ocurrieron los hechos era menor de edad”, dijo la fuente.

De acuerdo con la acusación de Estados Unidos,  “manicomio” tenía 17 años con nueve meses (menor de edad) cuando participó en el homicidio de cuatro pandilleros rivales en la Costa Este de Nueva York.

Otro caso de extradición que está pendiente de resolver por la CSJ es el de Armando Melgar Díaz, alias “Blue”, un cabecilla de la MS-13 que es requerido por Estados Unidos por actos relacionados con terrorismo. 

El requerimiento de los Estados Unidos en el sentido de que El Salvador debe extraditar al “Blue” es porque, en este caso, la extradición fue aprobada por la Corte anterior pero esta no ha sido materializada sin que se sepa cuáles son la razones que se ha tenido para ello.

Después de diecisiete sesiones, en un lapso de 75 días, la Corte sigue sin resolver la extradición ya aprobada del “Blue”.

Los Estados Unidos han hecho punto de honor la extradición del “Blue” sin embargo, existen fuertes presiones por parte de los distintos grupos de la pandilla salvadoreña para que eso no ocurra.

El caso inició el 10 de junio de 2021, cuando trece magistrados avalaron enviar a Melgar Díaz a Estados Unidos para que enfrente a un juez de Virginia que lo reclama por ocho cargos relacionados con actividades terroristas; sin embargo, liego que el magistrado José Pérez argumentara que los EEUU no ha ofrecido garantías para el extraditable, el caso quedó en suspenso.

La acusación federal consigna que Melgar Díaz se consolidó como vínculo entre las estructuras de la Mara Salvatrucha afincadas en Nueva York y Virginal y los cabecillas históricos de la pandilla que guardan prisión en El Salvador.

Ex fiscal Luis Martínez saldrá de Mariona y pasará a arresto domiciliario

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Después de confirmar que el ex fiscal Luis Martínez ya cumplió la pena de cinco años que le fue impuesta por el delito de divulgación de material reservado, el Juzgado Quinto de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena de San Salvador, resolvió que se le otorgue la medida alterna de arresto domiciliar con utilización de un brazalete electrónico, mientras se resuelve su situación jurídica en otros dos procesos a los que ha sido vinculado desde hace tres años. La medida deberá entrar en vigencia a partir del próximo 26 de agosto.

Martínez permanecerá en su domicilio mientras inicia la audiencia preliminar en el Juzgado Cuarto de Instrucción y la vista pública en el Tribunal Tercero de Sentencia. 

Los procesos en los que ha sido amputado el ex fiscal Martínez forman parte de la “vendetta” del también ex fiscal Douglas Meléndez quien ha sido señalado como máximo responsable de una camarilla de fiscales corruptos que se prestaron a “montar” procesos penales para justificar su reelección, cosa que al final no ocurrió.

Por lo menos siete fiscales acusaron en sede judicial y la Procuraduría Para la Defensa de los Derechos Humanos PPDH a Meléndez de haberlos extorsionado y torturado para que se mostraran testigos criteriados en por lo menos cinco juicios que aun no se resuelven, entre ellos el caso Rais Martínez, Saqueo Público y corruptela.

Los delitos por los que se acusa a Martínez en el llamado caso corruptela, ha sido llevado en el Juzgado Cuarto de Instrucción de San Salvador pero este tribunal ha declarado no tener competencia para conocer del mismo por lo cual la causa se encuentra en la Sala de lo Penal que habrá de resolver en definitiva quien ha de conocer dicho caso y ordenar la audiencia preliminar.

En el Tribunal Tercero de Sentencia el proceso que tiene el ex fiscal Martínez es por los delitos de omisión en la investigación y revelación de información. 

Biden convoca para diciembre una cumbre virtual de las democracias del mundo

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El presidente de los Estados de Norteamérica, Joe Biden, convocó este miércoles una cumbre virtual para diciembre de los líderes de las democracias del mundo para hacer frente a los autoritarismos, en medio de la lucha contra la pandemia de coronavirus.

La Casa Blanca informó en un comunicado de que la cumbre se celebrará el 9 y el 10 de diciembre, y que girará en torno a tres temas principales: la defensa contra el autoritarismo, la lucha contra la corrupción y la promoción del respeto a los derechos humanos.

Tras esta reunión, Biden volverá a invitar a los dirigentes mundiales una vez más y después de un año de consultas para ver el “progreso hecho con sus compromisos”.

La Casa Blanca agregó que a ambas citas estarán invitados jefes de Estado, de la sociedad civil, filántropos y líderes del sector privado.

Denuncia del equipo de litigio estratégico de Enrique Rais ante el Honorable Cuerpo Diplomático y organismos internacionales acreditados en Salvador

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El Salvador.- Exmagistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional, usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la Justicia

1. En una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país” -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.

2. Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden, única y exclusivamente, al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020 (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.

3. Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:

A. El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la fiscalía general de la República (FGR), bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espurias que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.

B. La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.

C. El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiado el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad.

A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.

D. El GTDA a fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José́ Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III ;  y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.

E. El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundamentada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador) F. La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos. El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, demerita la Opinión del GTDA, según él “por ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno.” ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto. H. Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internacionales incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir, un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)

I. Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.

 Por tanto: exhortamos al Cuerpo Diplomático que informe a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia

Exmagistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional, usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la Justicia

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AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR

EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:

  1. Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021,suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país. 
  • Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020  (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal. 
  • Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
  1. El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
  • La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
  • El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidashan confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991. 
  • El GTDA a  fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
  • El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
  • La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
  • El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
  • Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
  1. Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
  • Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.

Lic. Aldo Álvarez Zepeda.   Lic. Douglas E. Melgar Argueta   Lic. Carlos Mirandra Rubio

ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS.

El Salvador. Fiscalía ordena detención de ex presidente Sánchez Cerén por lavado de dinero

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La fiscalía de la república dijo este jueves que el expresidente Salvador Sánchez Cerén se encuentra prófugo de la justicia y que pedirá a la interpol su localización con fines de extradición desde Nicaragua, donde se supone que se encuentra desde hace varias semanas.

La orden de detención contra el ex mandatario se ha dado en el marco de una investigación denominada “Operación Desfalco”

La información fue confirmado por el mismo Fiscal General, Rodolfo Delgado, quien aseguró que junto al exmandatario también tienen orden de captura funcionarios de su gobierno.

La Policía Nacional Civil (PNC), por su parte, confirmó esta tarde la captura de algunos exfuncionarios como Carlos Cáceres, Violeta Menjivar, Hugo Flores, entre otros.

Este grupo de exfuncionarios de los gobiernos del FMLN serán acusados de actos de corrupción relacionados con el prófugo de la justicia, Mauricio Funes, que se encuentra en Nicaragua.

El miércoles, Elmer Charlaix, el ex Secretario Privado de Tony Saca, mostró documentos con firma original, que prueban que una gran cantidad de ex funcionarios, miembros de la “sociedad civil”, periodistas, magistrados, fiscales y partidos políticos, recibieron sobresueldos.