| 01 Septiembre, 2018.- Si un ciudadano romano contraía una deuda con otro y no podía pagarla el pretor, que era como se denominaban a los jueces entonces, podía condenarlo a convertirse en esclavo del acreedor, quien podía venderlo, después, para cobrarse su deuda, o, incluso matarlo.
En la Ley de las XII Tablas se fijaron las formalidades que debían de cumplirse y los plazos que había que conceder al moroso
Esta institución del Derecho romano primitivo recibió la denominación de “legis actio per manus iniectionem”, o acción de la ley por aprehensión corporal.
Una acción -la más antigua de las leyes romanas- tenía carácter ejecutivo.
El procedimiento era siempre el mismo. Una vez que el deudor había sido juzgado y condenado -o había reconocido, de motu propio, mediante confesión, tener la deuda-, el pretor le daba 30 días para pagar lo que debía.
Si no lo hacía, el acreedor lo conducía ante el pretor, en el foro romano, donde decía en voz alta: “Quod mihi iudicatus es sestertium decem milia quandoc non solvisti, ob eam rem ego tibi sestertium decem milium indicati manum inicio”, que traducido quería decir, Puesto que has sido condenado a pagarme diez mil sestercios, y hasta el momento no has pagado, precisamente por esta razón realizo sobre ti la aprehensión corporal. A continuación lo agarraba de la mano.
El moroso podía evitar la esclavitud si en ese momento aparecía alguien que se hacía cargo de la deuda.
Si no era así, el juez daba luz verde al acreedor para llevarse con él al deudor diciendo simplemente “addico”, o te lo atribuyo.
Desde esa ley, se impone otra concepción por la cual a los morosos desafortunados se les otorga el beneficio del derecho de cesión, pudiendo librarse de la esclavitud entregando todos sus bienes a los acreedores.