Sala de lo Constitucional rechaza amparo de Banco Cuscatlán por embargo de $49 millones

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Comercio y Negocios.- La resolución y final del caso entre la empresa QUIMAGRO y el Banco Cuscatlán, continúa dando dilatándose. Esta vez, la Sala de lo Constitucional de la CSJ rechazó la solicitud de amparo de la institución financiera; luego que se le decretara un embargo preventivo de bienes por la cantidad de $49 millones.

Los apoderados legales de la institución bancaria intentaron, a través de un amparo, evadir la responsabilidad impuesta por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en su momento.

“Declárase improcedente la demanda de amparo firmada por el citado profesional contra las actuaciones atribuidas a la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia, en virtud de haber planteado un asunto de mera legalidad y simple inconformidad con el contenido de los actos emitidos por dicha autoridad judicial en el recurso de casación con referencia 1482-CAS.-S.S., cuyo conocimiento no corresponde a esta Sala”, expresa la respuesta notificada por la sala.

Por su parte, los representantes de la empresa salvadoreña QUIMAGRO, interpusieron un amparo ante la Cámara de lo Contencioso Administrativo, en contra de la fusión entre el Banco Cuscatlan y Scotiabank; con el objetivo de que se investigue la presunta falta de transparencia en el proceso de unión de ambas bancos.

La denuncia presentada explica que durante la fusión que sufrieron las instituciones ya mencionadas se ocultó información y, además de eso, se realizó aun teniendo en su contra el proceso de embargo por 49 millones de dólares, a favor de QUIMAGRO. La Cámara aún tiene pendiente resolver el petitorio de la empresa afectada.

Años de lucha legal y maniobras dilatorias para el cumplimiento de la justicia

QUIMAGRO inició un juicio mercantil ante el Juez Tercero de Mercantil de San Salvador por terminación de contrato de intervención financiera y administrativa; asimismo, de la solicitud de indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento de obligación contractual.

En su respuesta, la Sala expuso: “Declárase improcedente la demanda de amparo firmada por el citado profesional contra las actuaciones atribuidas a la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia, en virtud de haber planteado un asunto de mera legalidad y simple inconformidad con el contenido de los actos emitidos por dicha autoridad judicial en el recurso de casación con referencia 1482-CAS.-S.S., cuyo conocimiento no corresponde a esta Sala”.

Los abogados Pérez y García, piden al Ministerio Público decomisar los libros de actas y otras diligencias relacionadas a este caso, para determinar la legalidad o ilegalidad en la aludida fusión bancaria.